La SCJN ordena juzgar desapariciones de defensoras con perspectiva de género
El pleno de la Suprema Corte estableció que los casos de desaparición de mujeres defensoras requieren obligatoriamente un enfoque de género e interseccionalidad.

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los jueces federales y estatales están obligados a juzgar con perspectiva de género e interseccionalidad todos los casos relacionados con la desaparición de mujeres defensoras de derechos humanos. La resolución establece que este enfoque no es una opción discrecional para los impartidores de justicia, sino un mandato constitucional esencial para garantizar el acceso efectivo a la verdad y la justicia en contextos donde la labor de defensa aumenta el riesgo de violencia contra las víctimas.
La decisión del máximo tribunal mexicano busca eliminar las barreras estructurales que históricamente han dificultado las investigaciones en estos casos. Según el fallo, las autoridades deben analizar el contexto específico en el que se desenvolvían las defensoras, considerando que su labor social, política o ambiental las coloca en una situación de vulnerabilidad diferenciada frente a grupos delictivos o actores locales. Esta perspectiva obliga a que las fiscalías y los jueces reconozcan cómo los estereotipos de género han condicionado la eficacia de las diligencias ministeriales.
La Corte subrayó que la interseccionalidad debe ser un eje central en los procesos judiciales. Esto significa que los juzgadores deberán evaluar cómo factores como la etnia, la condición socioeconómica, la edad y el territorio impactan en la desaparición de las víctimas, evitando así interpretaciones aisladas que omitan las causas profundas del delito. Con este criterio, se busca que las investigaciones dejen de tratar estos eventos como desapariciones comunes y se reconozca el impacto que tienen sobre las comunidades y los movimientos sociales.
Esta resolución surge tras una serie de impugnaciones presentadas por organizaciones civiles que denunciaron la falta de protocolos adecuados en los tribunales locales ante la creciente violencia que enfrentan quienes defienden el territorio y los derechos humanos en diversas regiones del país. Al establecer esta jurisprudencia, el Poder Judicial busca sentar un precedente que obligue a una debida diligencia reforzada, donde la búsqueda de las personas desaparecidas sea prioritaria y se investigue también el entorno de intimidación previo a los hechos.
Finalmente, el fallo enfatiza la responsabilidad del Estado mexicano para adoptar medidas de reparación integral que incluyan la búsqueda inmediata de las víctimas y la protección de quienes continúan con la labor de defensa. La SCJN instruyó a los tribunales inferiores a aplicar estos criterios de manera inmediata en todos los procesos vigentes, marcando un cambio significativo en la forma en que el sistema judicial mexicano aborda la violencia contra las mujeres defensoras en la actualidad.


